Boletín 110 27/05/2019
Cortolima continúa desarrollando la estrategia de compra de predios de interés ambiental, para conservar y proteger ecosistemas estratégicos, especialmente aquellos que se encuentran en zona de influencia directa de afluentes hídricos que surtan acueductos municipales y/o veredales, es por eso que se están socializando los requisitos para esta iniciativa.
Con miras a ejecutar la adquisición de predios ambientales en el municipio de Purificación, dentro del Convenio Agenda Sur, se desarrolló en la alcaldía de dicho municipio, Presidentes de Junta de Acción Comunal, líderes comunitarios, juntas administradoras de acueductos y propietarios interesados; la socialización sobre las condiciones que se deben presentar y parámetros jurídicos a cumplir para al momento de ofertar de predios de interés ambiental.
La actividad se desarrolló con más de 30 asistentes, quienes estuvieron muy atentos a las especificaciones dadas por los funcionarios del área de Adquisición y Administración de Predios de Cortolima, el Alcalde del municipio de Purificación José Crispín Guerra y colaboradores.
Estos son los requisitos que deberá tener en cuenta si pretende postular algún predio de interés ambiental ante Cortolima:
Documentos para la oferta de predios
Carta de ofrecimiento firmada por el (los) propietario o su apoderado, con datos de contacto completos (dirección, teléfono, correo electrónico)
Poderes debidamente autenticados del (los) propietario (en caso de que haya apoderado)
Certificado de libertad y tradición como mínimo 1 mes de expedición
Fotocopia de la escritura de adquisición del ultimo propietario (s)
Fotocopia de la cedula del propietario (s)
Descripción del predio, referente a su área, localización, atributos de importancia ambiental.
Levantamiento topográfico en caso de tenerlo
Certificación de Junta de Acción Comunal, Junta administradora de acueducto o comunidad beneficiada por las zonas hidrográficas que el predio ofertado tiene.
Parámetros jurídicos
Situaciones de NO VIABILIDAD JURIDICA para adquisición de predios
Pred
ios que presenten falsa tradición: cuando los inmuebles tengan trasmisión de un derecho de propiedad incompleto a saber:
Compraventa, donación o cesión de derechos de cuota
Compraventa, donación o cesión de derechos “herenciales”
Compraventa, donación o cesión de gananciales
Compraventa de mejoras sobre suelo ajeno, sea este de un particular o sobre predio baldío.
Predios sobre los cuales recae servidumbre petrolera, eléctrica, minera y cualquier otra que conlleve a la afectación de los recursos naturales.
Cuando se trate de compraventa de usufructos perpetuos o temporales y muda propiedad.
Predios adjudicados por el INCORA, INCODER, ANT, ADR, ya que no son objeto de actualización de área y linderos por parte del IGAC.
Predios en los cuales la tradición sea menor de 5 años.
Predios que tengan grandes mejoras, tales como casas quintas, piscinas, establos, piscícolas, entre otras.
Predios cuyos propietarios no cuenten con escrituras o sentencias judiciales de adjudicación debidamente registradas al folio de matrícula inmobiliaria.
Predios en los que por orden judicial se prohíba la enajenación del inmueble.
Requisitos de Cortolima
Los predios ofertados deberán ser de importancia ambiental estratégica
Los predios deberán contar con por lo menos el 50 % de su área con zona boscosa
En el predio deberán existir zonas hidrográficas abastecedoras de acueductos veredales o municipales.
El área del predio no deberá ser inferior a 30 hectáreas.
Finalmente, Cortolima en su afán por conservar el río Prado, invita a los dueños que ostenten la propiedad absoluta de predios con las anteriores características, que se encuentren sobre la cuenca de este importante afluente hídrico del suroriente del departamento, a que los oferten ante las oficinas de la entidad ambiental.
#CumpliendoRetos
¡Porque Todos Somos Vigías!

