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Decreto 141 de 2011, Faculta a las Corporaciones a Iniciar Procesos Administrativos para Recuperación de Zonas de Protección y Rondas

A partir del 21 de enero de 2011, cuando se expidió el Decreto 141, por medio del cual se modifican algunos artículos de la Ley 99 de 1993, en su artículo 9 se adicionan funciones a las Corporaciones Autónomas Regionales, entre las cuales está:

Párrafo transitorio:

b. Iniciar… procesos administrativos de carácter preventivo y sancionatorio tendientes a recuperación de las zonas de protección, humedales, rondas y playones ocupadas o intervenidos ilegalmente con el propósito de recuperar el normal funcionamiento hídrico de las dinámicas de estas zonas.

c. Elaborar los mapas de riesgo ambiental para las zonas críticas de su jurisdicción, priorizando las áreas afectadas, respecto de la cuales tendrá un término de seis (6) meses contados a partir de la expedición el decreto.

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