La Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima, recuerda a la industria manufacturera que estos establecimientos están obligados a realizar el diligenciamiento inicial y la actualización anual del RUA para el sector manufacturero ante CORTOLIMA en los siguientes plazos:
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Último dígito del NIT (sin código de verificación) |
Plazo para el diligenciamiento inicial y la actualización anual a patir del año 2011 |
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0 a 2 |
Entre el 1° y el 31 de Enero de cada año |
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3 a 6 |
Entre el 1° y el 28 de Febrero de cada año |
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7 a 9 |
Entre el 1° y el 31 de Marzo de cada año. |
Para el primer año de implementación del RUA para el sector manufacturero, que será el año 2011, el establecimiento deberá diligenciar la información correspondiente a los períodos de balance 2009 y 2010, tal como lo establece el ARTÍCULO 8 de la resolución 1023 de 2010, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Se entiende por .Período de Balance al ciclo de tiempo para el cual se suministrará la información en el Registro Único Ambiental.
http://cortolima.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=596

