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CORTOLIMA Impone Medidas Preventivas de Suspensión de Actividades No Mineras Adelantadas por Anglogold en el Municipio de Piedras e Inicia Proceso Sancionatorio

Mediante Resolución No. 0433 del 11 de marzo de 2013, la dirección general de CORTOLIMA procedió a suspender las actividades adelantadas por la empresa Anglogold Ashanti Colombia en el municipio de Piedras por estar ejecutando actividades de exploración sin el correspondiente permiso que ordena el artículo 146 del decreto 1541 de 1978.

Además se estaba interviniendo un área de alta fragilidad y de uso prohibido conforme lo establece el esquema de ordenamiento territorial EOT, del municipio de piedras adoptado mediante Acuerdo 099 de 2000.

Las medidas de suspensión y cierre de actividades se ejecutaron el día lunes en las horas de la tarde decomisando dos equipos de exploración que se encontraban en funcionamiento en el momento de la visita de los funcionarios de CORTOLIMA.

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El procedimiento llevado a cabo por la autoridad ambiental obedece al desconocimiento de normas mínimas por parte de los operadores y de la empresa multinacional en materia de trámites de permisos que ordena el código de los recursos naturales y la Ley 99 de 1993.

Cabe anotar que en virtud de las quejas presentadas por la ciudadanía y por la actividad oficiosa de CORTOLIMA se evidenció que en el predio denominado "la perdiz", de la vereda "Camao" en Doima, municipio de Piedras, se estaban adelantando actividades que generarían inminentes riesgos y eventuales afectaciones al recurso suelo y agua en un área catalogada como de uso agropecuario de alta fragilidad. Ello ocasionaría repercusiones gravosas al ecosistema intervenido por la empresa multinacional.

Adicionalmente se compulsaron las diligencias ante la superintendencia de servicios públicos y a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca en vista a que la empresa ACUAGYR SA ESP, les estaba suministrando agua potable para actividades industriales, lo que ocasionaría una infracción para dicha empresa en razón a que estaría distribuyendo agua potable con desconocimiento de su objeto misional y de las recomendaciones del IDEAM.

"El ejercicio de la autoridad ambiental en el departamento del Tolima, debe imponer su fortaleza cuando se trata de defender los recursos naturales y el ordenamiento territorial de nuestra jurisdicción" anotó Jorge Enrique Cardoso, director de CORTOLIMA.

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