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Autoridades Departamentales Dan Cumplimiento A Acción Popular en el Sur del Tolima

El pasado martes 17 de septiembre CORTOLIMA dio inicio a las obras de reconformación geomorfológica de las zonas afectadas por la minería ilegal en los municipios de Ataco, Chaparral y Coyaima, proceso que se hace en cumplimiento a las obligaciones estipuladas en la acción popular número 00661 de 2010, en el pacto de cumplimiento suscrito el 11 de octubre de 2011 entre La Gobernación del Tolima, INGEOMINAS, las administraciones municipales de Ataco, Chaparral y Coyaima y La Corporación autónoma Regional del Tolima.

Dicho compromiso estipula, entre otras obligaciones, que la CORTOLIMA, la Gobernación y las Alcaldías deben trabajar de manera conjunta para recuperar los predios que fueron afectados por la minería ilegal mecanizada en el año 2010, incluyendo la reforestación de los mismos, son en total 24 hectáreas distribuidas en 18 fosas con una profundidad entre 12 y 35 metros de profundidad.

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En ese sentido las entidades dieron inicio a la recuperación de la fosa ubicada en uno de los predios del municipio de Ataco, teniendo en cuenta que esta jurisdicción posee 14 de las 24 hectáreas afectadas y que hacen parte de la acción popular. “Estas fosas están parcialmente inundadas, lo que hace mas dispendioso el trabajo, dado que involucra actividades de obra civil, tales como el drenado, la acumulación por procesos de material de arrastre de diferentes tamaños, deposito de material orgánico, cobertura vegetal y reforestación protectora”, afirmó la Ingeniera Forestal María del Mar Paz, funcionaria de la subdirección de Calidad ambiental de la Corporación.

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Se estima que la recuperación de éstas zonas puede durar un año, en el que CORTOLIMA además de ofrecer el apoyo técnico también debe contribuir con 15.000 árboles.

Compromisos de CORTOLIMA

En la primera etapa: Deberá adelantar acciones de control y seguimiento de las actividades susceptibles de causar daño ambiental, así como el impulso de procesos sancionatorios con ocasión del mismo, o la posible ocurrencia o vulneración del medio ambiente y/o recursos naturales dentro del marco de la ley 133 de 2009 imponiendo multas significativas a los infractores. Revocar las licencias ambientales concedidas cuando a ello hubiere lugar informándolo a INGEOMINAS para lo de su competencia.

En la segunda etapa: deberá coordinar la dirección y asistencia técnica del proyecto de recuperación de las zonas afectadas, facilitar la maquinaria, desarrollar la primera y segunda fase del proyecto, apoyar la gestión de capacitación y concientización ambiental, para la segunda fase del proyecto referente a la reforestación aportara la cantidad de árboles que sean necesarios para tal efecto, 15.000 árboles para las 24 hectáreas, igualmente asumirá los costos de la mano de obra necesaria para realizar las siembra de dichas plántulas.

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