En el día 5 de los 11 que faltaban del proceso de concertación entre CORTOLIMA y la Alcaldía de Ibagué, se firmó el acta de concertación entre el Director de la entidad ambiental, Jorge Enrique Cardoso Rodríguez y el Alcalde de la Capital Tolimense,
Luis H. Rodríguez, en los temas ambientales correspondientes al proceso de revisión y ajuste del POT de Ibagué. El documento se presentará ahora al Consejo Territorial de Planeación para posteriormente presentarse en las sesiones ordinarias del primer semestre del año 2014 al Concejo Municipal.
El objetivo del Plan de Ordenamiento Territorial, como instrumento de planeación, es organizar el territorio mediante la zonificación tanto del área urbana como rural a través de la reglamentación de los usos del suelo para determinar donde se pueden ejecutar y desarrollar las diferentes actividades en el municipio, igualmente hay un componente importante como es la competencia que tiene la corporación en los temas ambientales. Con estos contenidos se procedió a concertar con el municipio lo referente al ordenamiento y en lo relacionado con el tema.

"En ese sentido es importante tener claro los conceptos y las prioridades ambientales de la cuidad a la hora de evaluar el Plan de Ordenamiento territorial. Por ejemplo: si hablamos de equipamiento como rellenos sanitarios, plantas de tratamiento de aguas residuales, las escombreras etc, igualmente se define las áreas protegidas, que son de especial significancia ambiental y que deben ser identificadas para desarrollar el POT del Municipio." Expresó el Director General de CORTOLIMA, Jorge Enrique Cardoso Rodríguez.
En el desarrollo de la concertación se definió que tanto el documento como la cartografía debe estar actualizada y claramente definidas las áreas, con el fin de que cualquier ciudadano pueda fácilmente identificar, consultar e informarse sobre las características reales de un predio o zona de la ciudad según lo consignado en el POT.

La importancia del plan de ordenamiento es que de allí se desprenden dos ejes articuladores y base para la toma de cualquier decisión en la planeación y crecimiento de la ciudad. El primero es contar con un Documento final consolidado y actualizado con su cartografía y el segundo es su puesta en marcha.
Con la aplicación del Plan de Ordenamiento Territorial se esperan solucionar los conflictos de uso del suelo, especialmente los generados en zonas residenciales o a otras actividades incompatibles, las cuales son afectadas por contaminación atmosférica, ruido, residuos generados; así como todas las actividades que se desarrollan en el municipio mediante zonificación para que no interfieran unas con otras, brindando a la ciudadanía bienestar y un ambiente sano para el disfrute real de la ciudad.
La Corporación Autónoma Regional del Tolima, luego de firmada el acta de concertación, continuará en la labor de seguimiento para verificar el cumplimiento a lo pactado y concertado en esta revisión y ajuste del POT de Ibagué, dando cumplimiento a la normativa ambiental acorde a su competencia.
Para tener en Cuenta
En Ibagué se está haciendo un ajuste al POT, denominado por la norma, a largo plazo, lo que quiere decir que han transcurrido tres vigencias correspondientes al corto, mediano y largo plazo, luego de ser adoptado mediante el acuerdo 116 del 2000. Así como un ajuste en los componentes general, urbano y rural.
Algunos de los acuerdos
- Definición del mapa de uso: suelo urbano, suelo rural, suelo de expansión urbana y suelos de protección.
- Oferta y disponibilidad del recurso hídrico para el Municipio de Ibagué. La Administración Municipal se comprometió a entregar un documento expedido por el IBAL donde se garantice que el municipio tendrá la capacidad de suministrar los servicios de acueducto, alcantarillado y afines por los próximos años.
- Reglamentación de los suelos de protección de infraestructuras de utilidad pública: los cuales deberán tener un aislamiento exclusivo para conservación ambiental
- Plantas de tratamiento de aguas residuales, para el caso de las plantas de país, el aislamiento será de 1Km.
- Reglamentar los uso del uso de infraestructura de utilidad pública
- Definición de la zona de aislamiento del Relleno Sanitario Combeima.
- Los polígonos de riesgo, no mitigables y que presentan amenaza alta, serán incorporados a los suelos de protección.
- Inclusión de un glosario técnico con cada uno de los términos utilizados en el POT, para que sea de fácil comprensión y permita el acceso a todos los ciudadanos que lo quieran consultar.
- Reubicación de viviendas ubicadas en zonas de alto riesgo, zonas de protección de ríos, quebradas, zonas en riesgo de inundación, altas pendientes, remoción de masa.
- Adopción del Plan de Gestión del Riesgo por parte del Consejo Municipal del Riesgo.
- Escombrera Municipal: La Administración Municipal presentará un estudio técnico correspondiente a la alternativa de escombrera municipal a corto plazo, para prever que a futuro si se tenga la disponibilidad para la disposición de residuos sólidos.
- La Administración Municipal deberá adoptar el decreto de la homologación de las categorías de riesgo.
- Caracterización del perímetro suburbano industrial.

