En la mañana de éste lunes 2 de septiembre en Asamblea Corporativa Extraordinaria No.1, se aprobó la modificación de los Estatutos de la Corporación, con el objetivo de contar con los dos representantes del sector privado en el Consejo Directivo de la entidad, luego de que el Honorable Consejo de Estado declarara la nulidad de la elección de los representantes del Sector Privado, mediante fallo del 18 de abril de 2013.
Es así como mediante Acuerdo No. 006 del 2 de septiembre de la Asamblea Corporativa, se deroga los artículos 28, 29, 30 y 31 del Acuerdo No. 05 de 2005 de la Asamblea Corporativa de CORTOLIMA, por el cual se adoptaban los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional del Tolima CORTOLIMA conforme las previsiones del fallo del 18 de abril de 2013 emitida por el H. Consejo de Estado.
Así como también se derogan los artículos No. 28, 29, 30 y 31 del Acuerdo No. 004 del 28 de febrero de 2013, de la Asamblea Corporativa de CORTOLIMA, por medio del cual se adoptaron los nuevos Estatutos de ésta Corporación.
La modificación lleva al Ajuste del artículo 28 de los Estatutos de CORTOLIMA, el cual quedará así: “Articulo 28. Del proceso de elección de los representantes del sector privado al Consejo Directivo de CORTOLIMA. El sector privado deberá elegir por los integrantes de su mismo sector, dos (2) representantes ante el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, a través del proceso que para tal efecto determinen los integrantes del mismo sector”.

Para Tener en Cuenta
En este momento los dos puestos de los representantes del sector privado en el Consejo Directivo de CORTOLIMA están vacíos.
Los nuevos representantes del sector privado elegidos en el año 2013 ante el Consejo Directivo de CORTOLIMA en virtud de la decisión judicial del Consejo de Estado, ejercerán como tal, hasta el 31 de diciembre de 2015.
En este momento se espera por parte de la Corporación que quienes integran el sector privado en el Tolima, se reúnan y elijan a los dos Representantes, para que luego oficialmente sean presentados a la entidad y sean convocados a los Consejos Directivos.
